UNA LUCHA QUE ES DEL PUEBLO, POR EL PUEBLO Y PARA EL PUEBLO COLOMBIANO
Edwar Ferney Roldan Morales - Abogado Invitado - constitucionalista, licenciado en Filosofía y Magister en Filosofía de Derecho Contemporáneo. Artículo1o. Colombia es un Estado social de derecho, (…) fundada en el respeto de la Dignidad Humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. Decir que la Dignidad Humana es el fundamento último de los derechos fundamentales quiere decir, en primer lugar, que ella como principio es fuente innegable del ordenamiento jurídico que se vierte al interior de todos los derechos fundamentales y, por lo tanto, respetarla implica la no vulneración de ningún de ellos “Tal como ocurre con aquellos ríos cuyo cauce tiene una fuente subterránea que emana de la superficie, el derecho, visto como conjunto de normas jurídicas, tiene a su vez una gran fuente generadora: el principio de la DignidadHumana”1. La Dignidad Humanase convierte en un “criterio para determinar el contenido y límites de los demás valores superiores, de los derechos fundamentales y de los demás bienes o institutos del ordenamiento jurídico-político, sirviendo además como medida para correlacionar la vigencia equilibrada de todos estos y resolver los conflictos que puedan suscitarse entre ellos al concurrir en un casoconcreto”2. Y, en segundo lugar, se convierte en una regla susceptible de aplicarse en la solución de un caso en particular; colocando en evidencia su trascendencia al interior de nuestra sociedad. Sin embargo, pese a todo lo que se dice acerca de la Dignidad Humana, entendiéndola como fundamento, como fuente; y a lo manifestado en este mismo sentido por nuestra Honorable Corte Constitucional en su jurisprudencia, es importante entender que la Dignidad Humana tal y como se presenta o se muestra en nuestro ordenamiento jurídico no es una realidad, sino una aspiración que busca constantemente su concretización; es un punto de partida de nuestro Estado Social de Derecho, pero también de llegada. En otras palabras, Colombia no es un Estado Social de Derecho que tiene como fundamento la Dignidad Humana; sino un Estado Social de Derecho que aspira a que la Dignidad Humana sea su fundamento, que está en construcción, una construcción que va desde el deber ser, al ser3. En este orden de ideas, la Dignidad no puede ser vista como una realidad, como un hecho, como un aspecto intrínseco que posean las personas, como un fundamento; sino como el fin que debemos alcanzar como sociedad y en este sentido como un deber ser fundante del Estado Social De Derecho4. y se le debería agregar sostenerse, pues la historia reciente y la realidad actual ha mostrado como se puede menoscabar y acabar rápidamente con ella. El Estado Colombiano será justo, y estará bien organizado si este contribuye a la realización efectiva de la Dignidad Humana y por tanto de los demás derechos. De nada sirve un concepto vacío que no ha sido concretizado, de nada sirve promulgar que la Dignidad Humana es “un valor reconocido por la humanidad en general y que implica el reconocimiento de todo ser humano como un sujeto autónomo y libre, que debe ser respetado en su integridad física, en su autonomía moral y sus proyectos vitales ligados con su autorrealización y su felicidad”5 o como expresan los filósofos que es un “valor intrínseco que tiene las personas derivados de una serie de rasgos de identificación que la hacen única e irrepetible, que es el centro del mundo y que está centrada en el mundo”, si actualmente en nuestra sociedad y específicamente en Cali, no se concretizan estas características.
La necesidad de la existencia de nuestro Estado Social de Derecho, radica precisamente en eso, pues no habrá dignidad, ni será una sociedad bien organizada y justa, la que impida o no haga lo posible por hacerla realidad. Debemos realizar un gran esfuerzo de construcción, la construcción de un verdadero Estado Social de Derecho que tenga como fundamento la dignidad humana, tal y como lo dice nuestra Constitución.
La Dignidad Humana se convierte, entonces, no sólo en el fundamento, la fuente del ordenamiento jurídico colombiano; sino, en el fundamento del deber ser de la Constitución; lo que implica que la dignidad al estar presente en cada uno de los derechos fundamentales, el Estado debe respetar todos y cada uno de ellos- los derechos fundamentales se convierten por tanto, en instrumentos jurídico-políticos para la protección de la Dignidad Humana- y de no hacerlo, estaría vulnerando no sólo la Dignidad Humana, sino también, los fines de la misma Constitución política, su razón de SER. Los servidores públicos6, deben obedecer un principio de responsabilidad; principio que los obliga a que sus acciones estén encaminadas a salvaguardar la Constitución y a conseguirla justicia material, pues no habrá dignidad, ni una sociedad bien organizada, justa y en paz, si estos impiden o no hacen posibleel hacerla realidad. La necesidad de nuestro Estado Social de Derecho y, por tanto, de su legitimidad, radica precisamente en el respeto a los límites trazados por la dignidad y por los derechos fundamentales; el poder del Estado sucumbe ante los límites trazados por la dignidad, son la condición sin la cual pierde su la legitimidad.
Ahora bien, en el mismo artículo Constitucional, la democracia aparece como la forma de gobierno que nos caracteriza y al igual que la dignidad, que ha sido, que es y será dinámica, es una aspiración que busca constantemente su concretización. Empero, a partir de los discursos de los derechos fundamentales, de los Estados Constitucionalizados, democráticos y de las críticas a los que no lo son- como supuestamente no lo es Venezuela- los gobernantes de extrema derecha-que pueden ser de izquierda pues los extremos conducen al totalitarismo- se dieron cuenta que debían disfrazar sus Estados totalitarios con el ropaje de los discursos que pretendían colocarle limite a su poder.
Es por eso que hoy ha salido a la luz otra dictadura en Latinoamérica- para usar un término que a la derecha le gusta tanto endilgarlo a la izquierda y que refleja su memoria selectiva de la historia, pues no menciona las dictaduras de derecha igual de nefastas, como si el término no se aplicara para ellos- la Colombiana de Duque, la de Carrasquilla y la de otros que no puedo nombrar.
El Futuro de la Democracia está en nuestras manos, en las manos de la gente que está en las calles pacíficamente- no nos dejemos cegar por la propaganda de los medios como RCN que desinforman- luchando y muriendo por la dignidad, por la democracia, por nuestra Constitución.
La Constitución se presenta como un proyecto de organización jurídico-política del Estado, es el elemento normativo último del sistema jurídico y como proyecto es hacia el futuro; empero, su futuro, que no es otra cosa que su concretización, su materialización; hoy esta en manos del pueblo, debe ser realizada por el pueblo y para el pueblo.
¡Que viva la resistencia! #ElParoNoPara
1 CARVAJAL SANCHEZ, Bernardo. Principio de dignidad de la persona humana en la jurisprudencia constitucional colombiana y francesa, Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2005, p. 76.
2 ALARCON, Bustamante. Derechos Fundamentales y Proceso Justo. Lima: ARA Editores, 2001. p. 265-266.
3 PECES-BARBA, Gregorio. La dignidad de la persona desde la Filosofía del Derecho, Madrid: Dykinson, 2003, p. 67.
4 Ibid., p. 69.
5 PAPACCHINI, Ángelo. Dignidad y violencia, Praxis filosófica, Cali: Universidad del Valle, 1995, p. 35.
6 COLOMBIA. Artículo 6º Constitución Política.
Comments