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JAMES, VACUNAS Y AFORO




Por, ISMAEL GUERRERO MILLAN - Director de Gabinete Jurídico Ltda.


A propósito del partido por la eliminatoria para el mundial Qatar 2022, a celebrarse el próximo 28 de enero a las 4:00 p.m., para el que el alcalde de Barranquilla, Jaime Pumarejo, autorizó un aforo del 100%, daremos algunos comentarios, relacionados con la vacunación, el carné y aforos.



Sea lo primero, decir que desde el decreto 1615 de 2021, se dan las instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria para la exigencia del carné de vacunación (CV), la resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, existe la base normativa para la exigencia a trabajadores que atiendan público del CV, dándose así soporte para lo requerido por la circular 3 de 2022 del Ministerio de Trabajo.



De lo anterior tenemos:


- Las empresas tendrán una herramienta para que los empleadores puedan decirle a los trabajadores que necesitan vacunarse.


- Deviene la estipulación en que los trabajadores que se desempeñen en eventos de asistencia masiva y que impliquen atención al público, deben tener su esquema de vacunación y su CV.


- Es de resaltar, que se quiere hacer énfasis en que la vacunación constituye no solo un mecanismo de medida preventiva para el individuo, sino también una medida sanitaria para la propagación del SARS-COV2.


- Será obligación del empleador, implementar acciones para la protección de la vida y medidas no farmacológicas, lavado de manos, tapabocas y distanciamiento, para garantizar el desarrollo de actividades laborales.


Ahora, para volver al inicio del artículo, partido del 28 de enero a las 4:00 p.m., Colombia vs Perú, aforo del 100% y con las declaraciones de Juan Carlos Oblitas, Director Deportivo de la Federación Peruana de Fútbol, en cuanto a que en Lima no tendrán asistencia de público, creemos necesario dejar la siguiente inquietud:


La resolución No. 777 de 2021, del Ministerio de Trabajo, que tiene por objeto establecer criterios y condiciones para el desarrollo de actividades económicas y sociales en todo el territorio nacional y en todos los sectores trae unos planteamientos para ello:


- El índice de resiliencia epidemiológica municipal (IREM), que se mide por tres hechos:


A. Avance en la cobertura de vacunación

B. Seroprevalencia del Covid-19.

C. Capacidad de Salud en el territorio.

Su medida va de cero a uno, siendo la tendencia a uno, la mejor (Art.- 3 Res. 777 de 2021)

- Criterios para el desarrollo de actividades económicas, sociales y del estado:


A. …

Ciclo tres:

A. Cuando el municipio tenga un IREM del 75%, y

B. El Alcalde puede autorizar el 100% del aforo para todos los espectáculos y escenarios y se exigirá el CV, como requisito en el que se evidencie el inicio del esquema.


Pues bien, para la fecha del partido, estaremos según los epidemiólogos en el cuarto pico de la variante Omicron; entonces, ¿sí es viable y adecuado que se realice el encuentro con el 100% del aforo y teniendo en cuenta los puntos anteriores?.


No olvidemos EGUSUN QUESUM (Este bicho está complicado y ¡ajá!)

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