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¿LOS COMPARENDOS EN CUARENTENA SE PERDERÁN?

Foto del escritor: Osadía Jurídica - BlogOsadía Jurídica - Blog




Por, Francisco España, Equipo Osadía Jurídica.


Con la llegada del Covid-19 a nuestro país, junto con la declaratoria de estado de emergencia y decreto de cuarentena nacional, muchos colombianos acostumbrados a disfrutar del precioso artículo 24 constitucional “Libertad de locomoción”, se vieron sorprendidos de tajo por la restricción directa a su derecho constitucional de libre circulación.




Sin embargo, en el ejercicio de ponderación de derechos, prima tranquilamente el derecho a la vida y el principio del interés general sobre el particular contra nuestro derecho a circular libremente, por tanto, desde el punto de vista jurídico no hay excusa a primera vista para anteponer este derecho sobre el mas importante de nuestro ordenamiento, el derecho a la vida.




En efecto, muchos por la informalidad con la cual se sustentan, se han visto obligados a violar este tipo de restricciones, saliendo días en que no tienen autorización por “pico y cédula” o días de “toque de queda” para trabajar, conseguir su sustento diario y el de sus familias, máxime si no llega una compra semanal al hogar o si los servicios públicos son facturados trabajen o no.




Es aquí donde nuestra policía nacional en estricto cumplimiento de la ley y en concordancia con las instrucciones entregadas por el ejecutivo, gobernadores y alcaldes aplican los comparendos correctivos estipulados en el código nacional de policía ley 1801 del 2016, una multa que esta llegando aproximadamente al millón de pesos.




Pero, a todas estas ¿Están seguros que las personas van a pagar estas multas? Sin temor a equivocarme esta cantidad tan absurda de infracciones nos refleja 3 situaciones fundamentales, primero la informalidad como medio principal de sustento para Colombianos actualmente, una alternativa para aquellos con contratos suspendidos o despedidos que entraron a engrosar la cantidad de desempleados del país. En segundo lugar entre millones y millones de dólares que llegan en forma de donaciones o dinero propio estatal no se ha logrado garantizar un programa medianamente decente para apoyar a los menos favorecidos con mercados o bonos para comida. Y para finalizar, Falta de verdaderas campañas de concientización o por lo menos más contundentes desde el punto de vista científico, pues aún existen quienes gritan diciendo “El covid no existe” o es producto de los “iluminatis”, sin duda un tema para otro artículo, personas que aún no son conscientes de las cifras y del montón de muertos en hospitales día a día por esta pandemia




Retomando la afirmación del título de este artículo, es cierto que la cuantiosa cartera de miles de millones en multas por concepto de comparendos será un fracaso, se los dice alguien que trabajó más de 5 años en entidades de tránsito.




¿Por qué?, simple, si los infractores de multas de transito no tienen un comportamiento de pago aceptable con multas impuestas que les afectan su renovación de licencia de conducción, su compra de vehículos, traspaso de propiedad o créditos bancarios cuando les embargan las cuentas, imagínese usted que preocupación tendrá un vendedor informal que no tiene cuenta bancaria, no tiene licencia, no tiene carro, moto o propiedades y no tiene dinero para comer, sin duda el trabajo de cobros coactivos y recaudo de una cartera de muchos millones se perderá, habida cuenta que no existe forma contundente para ejercer el poder de cobro administrativo, una medida que no cumple con su función correctiva y que sin duda congestionara aún más a los inspectores de policías en caso que las personas decidan solicitar audiencia pública y controvertir el requerimiento, en mi opinión, creo que se debió organizar una forma más adecuada junto con un programa de acompañamiento efectivo para evitar este tipo de conducta, que entre otras cosas producirá mas desgaste económico estatal y congestionará los despachos de inspecciones de policía, un daño colateral que no se esperaban.

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