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MATARIFE EL ERROR JURIDICO QUE CONVIRTIERON EN SHOW NACIONAL



Por Hugo Lascarro - Analista Invitado



A raíz de la puesta en escena de la Serie “Matarife” creada por Daniel Mendoza en contra del Expresidente, hoy Senador Álvaro Uribe Vélez que se divulga a través de redes sociales, se ha dado a entender que cualquier persona puede llamar o decirle de esa manera al líder del partido político Centro Democrático.


Lo anterior, habida cuenta, de que en el primer capítulo de la popular serie se expuso que producto de una tutela que “ganó” el señor Gonzalo Guillen al Senador Álvaro Uribe Vélez, toda persona quedó autorizada para referirse a él como matarife, sinónimo de asesino, delincuente etc. ¡Craso error!


Por cuanto, en el fallo de tutela que se profirió el 03 de octubre de 2018, en que se negó la protección solicitada por el señor Uribe, fue producto de un error formal o de procedimiento, es decir, debió haber solicitado una rectificación dirigida al señor Gillen, antes de presentar la tutela, tal como lo señala el inciso 2° del artículo 20 de la Constitución Nacional y el numeral 7° del artículo 42 del Decreto 2591 de 1991 y al no haber presentado previamente la rectificación “requisito de procedibilidad”, la tutela fue negada con total certeza jurídica, cerrando groseramente la posibilidad de intentar mayor defensa so pena de incurrir en temeridad.


A si pues, no es cierto que a partir del mencionado fallo, el juez haya autorizado a decirle matarife, asesino, delincuente etc., al Ex presidente Álvaro Uribe, habida cuenta que el juez no realizó una valoración de las afirmaciones, sino que reiteró, niega la tutela por no haber cumplido con uno de los requisitos de procedibilidad, en este caso, la rectificación.


Incluso en el caso de que el fallo hubiera señalado esa posibilidad, es decir; permitir tildar de asesino al personaje público, el juez estaría vulnerando la presunción de inocencia, habida cuenta que, no existe una sentencia condenatoria en contra el señor Álvaro Uribe por haber cometido alguno de los delitos que se encuentran tipificados en el Código Penal.


En consecuencia, resulta desacertado afirmar que el fallo autoriza a cualquier ciudadano a decirle matarife, asesino, delincuente etc., al accionante. Y sin ánimos de parecer Uribista aparte de ser una interpretación amañada del fallo de tutela para justificar los adjetivos negativos en contra de un ciudadano, el creador de la serie utiliza esa misma interpretación acomodada para captar la atención y conseguir créditos tanto a nivel personal como económico, siendo que todo se derivó de un error colosal que pudo prever el profesional del derecho encargado de la defensa del ofendido.

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