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  • Foto del escritorOsadía Jurídica - Blog

PILARES PENSIONALES



Por, ISMAEL GUERRERO MILLAN - Director de Gabinete Jurídico Ltda.


Así como la seguridad de una vivienda propia, da un gran margen de tranquilidad; la seguridad de acceder a una pensión, también la da. El horizonte de jubilación es difícil, una de cada cuatro personas en edad de pensionarse logra acceder a éste derecho; partamos, de observar que solo el 11% de la población económicamente activa, cotiza regularmente para pensionarse.



En este punto, el Gobierno del Presidente Gustavo Petro Urrego, presenta a consideración del Congreso de la Republica, una reforma pensional que tiene como base cuatro pilares que enunciaremos seguidamente:



1. Contributivo: En este se mezclan las administradoras de Fondos (AFP), y Colpensiones. En este pilar, Colpensiones recibirá los aportes de “los primeros tres salarios mínimos cotizados” y las AFP; recibirán las cotizaciones que excedan este monto (“estas dos prestaciones se unirían o complementarían para sumar una única pensión de vejez”).



2. Semi-contributivo: Según el MinTrabajo “otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar pero que tienen semanas cotizadas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual de una AFP”.



3. Solidario: Busca darle una renta a las personas mayores de 65 años que no alcancen una pensión y sería de $223.000 (el triple del subsidio que hoy entrega Colombia Mayor). Pero inferior a los $500.000 que había propuesto en campaña el candidato Petro. (Los mayores de 65 en estas condiciones son 2.500.000).



4. Ahorro voluntario: Busca que las personas con mayor capacidad de pago, puedan ahorrar con este mecanismo para obtener una mejor pensión.



Igualmente, resaltamos los siguientes puntos contenidos en el proyecto:



1. Se creará un fondo para el ahorro que “evita cualquier impacto en el mercado de valores y la adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los que tienen afiliación y cuentas de ahorro individual, continuaran siendo administradas por las AFP y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.



2. Las mujeres tendrán la posibilidad de reducir la cantidad de semanas mínimas para pensionarse, 50 por cada hijo que tengan, hasta un máximo de 150 semanas.


3. Se plantea un régimen de transición que tiene por significación, que quienes ya están en posibilidad de pensionarse continuarán en las mismas condiciones (quienes cuenten con 1000 semanas cotizadas).



4. En cuanto a las pensiones de vejez y sobrevivientes, continuaran siendo reconocidas en las mismas condiciones, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.



Conveniente que ahora, veamos dos puntos, que entre lo bueno y lo malos de la reforma podemos ver:



LO BUENO…



1. Que el país tenga un programa como el pilar solidario, con un valor de ingreso por encima del nivel de pobreza para una población que no cuenta con una mesada.



2. Simplifica el sistema hibrido actual.



LO MALO…



1. El caso por el que muchos colombianos no se pensionan es un problema de realidad del mercado laboral.


2. Son pocas las personas que logran mantener cotizaciones permanentes; pero, lo que se busca con la reforma es que no se expongan a situaciones de pobreza.


3. Sin que se aumente la edad, se está tomando la referencia de las 1300 semanas del régimen de Colpensiones, teniéndose entonces que los que no clasifiquen en el régimen de transición, la opción de las 1150 semanas del régimen de ahorro no es viable.


P.S. ¿Se afecta la libertad de elegir régimen en éstas condiciones?


¡EGU SUN QUESUM!


Entre la cascada de proyectos de ley, que éste concertado sea

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