REGRESAN DINEROS DE MULTAS IMPUESTAS “MINISTERIO DE TRANSPORTE”(Adjunto enlace)
- Osadía Jurídica - Blog
- 12 may 2020
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Contra todo pronóstico y esa visión casi que derrotista que tenemos la mayoría de los ciudadanos frente a las injusticias que se comenten a diario en Colombia, veo con gran asombro esta noticia que ha pasado de cabeza gacha y opacada por esta locura llamada covid-19.
No es para menos el asombro, manifiesta la Superintendencia de Puertos y Transportes que: “Al 30 de abril de 2020, se ha exonerado de pago a los empresarios por más de $4.829 millones” básicamente esto obedece a un concepto dado por el Honorable Consejo de Estado sobre la anulación del Decreto 3366 de 2003, situación que dejó sin efecto un montón de multas en el sector transporte.
Ojo, esto no tiene que ver con Fotomultas ni comparendos físicos, pues las multas al transporte son las que se realizan a las empresas por violar medidas propias de sus obligaciones, recuerden que existen dos tipos de sanciones: las de Tránsito (se le hacen a por regla general a personas naturales por no respetar la ley 769 del 2002, ejemplo no usar casco) y sanciones al sector Transporte (Se hacen a las empresas propietarios de vehículos como por ejemplo no llevar permiso de carga tal como lo establece su normatividad propia).
No obstante la pregunta es: ¿Por qué el gobierno se esmera por resolverle los problemas a las empresas? inclusive les regresa el dinero cobrado de manera oficiosa, pero a los ciudadanos de a pie víctimas de multas injustas, de evidentes errores en procedimientos les cobran hasta el final de hecho hasta llegan a embargos groseros.
En efecto la realidad del país siempre ha sido así como lo dice MARCOS 4:25 “Porque al que tiene, se le dará más, pero al que no tiene, aun lo que tiene se le quitará.” Cuanta verdad, los pobres destinados a la miseria desde tiempos bíblicos.
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