Por, Francisco Javier España Barraza – Abogado Especialista en derecho Administrativo, profesor, conferencia, columnista, asesor y litigante en tránsito.
Por los años de experiencia que llevo trabajando el área de tránsito podría decir sin temor a equivocarme que el peor error de las personas que incursionan en esta materia es pensar que tránsito se resuelve estudiando tránsito… sí, así como lo lee, en realidad es un mundo muy complejo que se dividirá en muchas ramificaciones y dependiendo de las circunstancias así requerirá conocimiento especializado.
Amén de lo anterior y a título de ejemplo le diría que para ganar procesos de alcoholemia deberá ser excelente en derecho constitucional, para resolver responsabilidad en un accidente de tránsito deberá entender los fundamentos básicos de la responsabilidad civil, para ganarle a una aseguradora deberá manejar muy bien derecho comercial, el estatuto del consumidor financiero y luego estructurar el daño en sus elementos tales como culpa, nexo causal, pero sobre todo entender su dinámica y como juega el derecho penal a su favor.
Entonces surge una pregunta ¿Qué buscamos al defender victimas en un accidente de tránsito? ¿Qué buscamos al defender victimarios en un accidente de tránsito? Para el abogado la satisfacción de lograr la justicia, para el cliente en caso de ser víctima obtener una buena indemnización, para el victimario evitar el pago, pero en un punto intermedio se encuentra la aseguradora, que a la postre es la que dará la solución en ambos casos si está amparando a alguno de los sujetos participes del accidente.
No necesariamente en todo accidente de tránsito existe la posibilidad de redireccionar la pretensión indemnizatoria sobre una aseguradora, pero cuando hay una implicada, es absolutamente pertinente saber explotar la opción de cobrar sin el desgaste del eterno litigio en sede judicial, sí, me refiero a la acción de reclamación directa articulo 1133 del Código de Comercio..
Muchos profesores nos hablarán del “contrato de seguro”, otros doctrinantes darán recomendaciones y la forma de cuantificar, pero pocos o no he visto el primero que te haga un despliegue real, practico y casuístico de que cómo se aborda tal situación, como se juega con la noticia criminal (SPOA), cómo converge derecho civil y cómo se hace un análisis al tenor de la Ley de tránsito para presentar una muy buena reclamación, una que no tenga como resultado “OBJECIÓN”.
¿Si no hay seguro no hay indemnización? ¡NO! Claro que se puede conseguir con una buena demanda de responsabilidad civil extracontractual, con un buen incidente de reparación integral en penal, con una buena conciliación extrajudicial o transacción, pero… el desgaste es muchísimo mayor, por ello debemos estar preparados para en el evento de encontrar un siniestro (daño – riesgo amparado) ser contundentes y reclamar como un profesional, y eso es lo que te quiero enseñar en mi curso – taller, seguros derivados de accidentes de tránsito, te espero, te prometo que te enseñaré cosas que nunca te dijeron en la universidad.
LINK DE INSCRIPCIÓN: https://forms.gle/RMPKynuNYSHRiPQZ7
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