Por Miguel Ángel Chaves Garcia - Abogado Invitado
El auge de la tecnología que aparece en la oferta del mundo digital nos exige a los abogados la imperiosa necesidad de cambio para implementar nuestra actividad profesional en el mundo de la “oficina virtual”, que se ajuste con la trasformación de las normas recientemente expedidas por el ejecutivo en uso de sus poderes extraordinarios y en aquellas normas qué de seguro se expedirán hacia el futuro, todas orientadas a la implementación del “litigio virtual”.
Tales cambios, nos lleva a pensar cómo “abogados digitales litigantes” a la creación de nuestras “oficinas virtuales”, que podamos atender el línea desde cualquier parte en donde nos encontremos con agilidad confianza, destreza y lealtad para con la administración de justicia para satisfacer la demanda en la atención que requieren nuestros clientes, quienes a la postre son los usuarios de este servicio público que debe garantizar el Estado y que requieren de una pronta solución a un problema jurídico que les aqueja.
Efectivamente, las oficinas con olor a papel mohoso deberán dejar de existir para dar paso a la “oficina virtual”, en donde el abogado digital pueda ingresar desde su oficina virtual con acceso directo al portal de la rama judicial robusto y eficiente -que deberá existir- para ejercer el litigio en línea como el nuevo abogado digital que, demandada la sociedad contemporánea, complementando así su estructura y actualidad profesional.
El papel del juez distante y encerrado en su despacho atiborrado de expedientes añejos, voluminosos que a la fecha aún no han sido resueltos, tal vez, por los vericuetos de la intrincada legislación aplicada a la existencia del pleito, o por la utilización de actuaciones no leales para con la administración de justicia de parte se abogados “habilidosos” en dilatarlo, o por el cambio de titulares del despacho, que se traduce en una administración de justicia paquidérmica e injusta.
Lo anterior hace necesariamente que también se haga una trasformación para dar paso a un nuevo juez, si, un juez virtual, al cual sea más fácil acceder y tener línea directa, que cambie la mentalidad de tener que pedir “audiencia” para tratar de buscar una pronta solución a los problemas relacionados con el proceso que se adelante en el despacho.
Y erradicar con la respuesta coloquial y sistemática que frecuentemente se oye en las barandas de los despachos judiciales, en donde muchas veces nunca está presente el administrador de justicia, o con la respuesta clara y contundente de funcionario encargado de la secretaria del despacho, al manifestar generalmente al togado o dependiente judicial, que si es para hablar sobre algún tema relacionado con el proceso, está vedado el dialogo directo con el juez y que cualquier comunicación debe ser por “escrita”, para que por igual medio haya una respuesta a la inquietud del litigante y cuya decisión deberá necesariamente ser notificada.
Problemas de la justicia que necesariamente deberán desaparecer con el nuevo “litigio en línea”.
Ahora bien, el “nuevo mundo digital” que deben propender en los despachos judiciales, a partir de las nuevas disposiciones dictadas, que de seguro sólo son el comienzo de la nueva estructura de administración de justicia, deben estar complementadas en otros aspectos que de igual manera son fundamentales para el éxito del “nuevo litigio virtual”, a saber:
- Nueva infraestructura de sedes judiciales y la debida dotación logística y de equipos;
- Creación de nuevos juzgados acorde con las necesidades sociales.
- Nombramiento y capacitación de nuevos funcionarios que administren justicia.
- Asignación de Funciones y evaluación pública de gestión por resultados para todos los cargos.
- Asignación de presupuesto acorde con las necesidades que demanda el servicio.
Problemas estructurales que necesariamente deben ser resueltos prontamente por el Estado como garante de la prestación del servicio público de la administración de justicia.
Igualmente deberá desaparecer las toneladas de papel que atiborran los estantes de los despachos judiciales, que han dado origen a cuantiosísimos estudios para establecer que la estructura de los edificios vetustos donde funcionan los despachos judiciales del país sean resistentes al peso de los problemas jurídicos que cada uno de los expedientes contiene como hecho histórico de las controversias que aquejan a los usuarios y que suplican una pronta y debida administración de justicia, que se ve cada día más lejana por la cultura ancestral de acudir a largos y costosos pleitos judiciales, por la desidia del Estado de invertir, promocionar y promulgar la cultura de formas más ágiles de administración de justicia que en ultimas redunde en beneficio de una mejor convivencia social.
La nueva forma de “litigio virtual” y en línea, impone socialmente un cambio de la mentalidad actual del abogado y de los usuarios de la administración de justicia.
Esto nos lleva a reflexionar en que se debe implementar una nueva cultura de resolución de conflictos que disminuya ostensiblemente la carga de pleitos escriturales existentes en los despachos judiciales del país, para que resuelvan de manera pronta y directa los conflictos jurídicos originados en las discrepancias contractuales o acudan a cualquier medio alternativo de solución de conflictos, como fin de una pronta y justa administración de justicia y de la aplicación de la ley a la cual reclaman los usuarios de la administración de la justicia.
Esta nueva concepción, necesariamente traerá mayor beneficio social contrario al de mantener un largo, paquidérmico y costoso del proceso escritural, al cual están renuentes de abandonar muchos funcionarios públicos y abogados absortos aún por la sorpresiva avalancha de normas sancionadas por el ejecutivo.
Con ocasión de la pandemia mundial que azota la raza humana, funcionarios muy temerosos del contagio latente que rondan las sedes judiciales a las cuales no quieren regresar a cumplir con la función que por delegación del Estado tienen para administrar justicia, por la falta de “garantías” laborales que debe asumir quienes administran la justicia y que como derecho público esencial reclaman a gritos los usuarios y abogados litigantes del país de que se restablezca el derecho público esencial de la administración de justicia.
Los abogados litigantes no han podido ejercer su trabajo y se encuentran totalmente desamparados ante la ausencia de una legislación que regule la conformación de una colegiatura nacional que los ampare; ausente de un régimen de seguridad social que los proteja al final de su vida laboral; sin ningún proyecto de adquisición de una vivienda digna que muchos no tienen para sus familias y mucho menos de un régimen pensional que los ampare, problemas que aquejan al abogado litigante y que no es de interés, ni de prioridad del Estado .
Por lo cual, se hace imperioso también un cambio de mentalidad de quienes ejercemos el derecho, para aceptar el nacimiento del nuevo “abogado digital” con “oficina virtual”, para el futuro que nos depara el ejercicio del “litigio en línea”, como un cambio impuesto por la propia naturaleza a la cual está sometido el ser humano para poder sobrevivir en esta sociedad.
El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.
FELIZ DÍA DEL ABOGADO DIGITAL
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