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EL ABOGADO NO PUEDE PENSAR COMO ESCRITOR



Por, Francisco Javier España Barraza – Abogado Especialista en derecho Administrativo, conferencista, profesor, columnista digital en tránsito y seguros.


Hay algo que quiero dejar muy claro, una cosa es ser abogado y otra muy distinta es ser escritor, en efecto esta delgada línea que se transgrede cuando presentamos argumentos jurídicos en nuestro ejercicio litigioso es una de las que normalmente se cruzan y la mayoría no es consciente de eso.


La definición de escritor según la Real Academia Española (R.A.E.) hace referencia a “persona que se dedica a producir obras literarias”, ciertamente es un arte y una profesión donde la creatividad, imaginación y la narrativa cumplen un papel preponderante, donde cada uno tiene sus reglas y estilo propio.


Por otro lado, tenemos a los profesionales del derecho, “abogados”, estos evidentemente deben utilizar el recurso de la escritura para comunicarse con el operador judicial y ponerle en conocimiento sus pretensiones, argumentos y defensa, pero ¿Cuál es el problema? ¿Por qué hablamos de abogados con ínfulas de escritores?


El Código General del Proceso en su “capítulo V” como título “Deberes y responsabilidades de las partes y sus apoderados” articulo 78 en especial en el numeral 15 establece:


(…) 15. Limitar las transcripciones o reproducciones de actas, decisiones, conceptos, citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de la solicitud. (…)


Sí, básicamente nos está exigiendo el legislador que en la dinámica procesal estamos llamados a limitarnos a lo práctico, conciso y preciso. No estamos llamados a contar historias, narraciones poéticas o literarias, debemos simplemente de hacer nuestro trabajo bajo el principio de la claridad y simplicidad, siempre pensando en que el juez está sometido única y exclusivamente al imperio de la Ley como lo establece la constitución nacional en su artículo 230.


Como quiera que el Juez tiene como premisa encontrar la justicia y darle prevalencia al derecho sustancial (artículo 228 de la carta política) es muy evidente que no puede distraerse en retoricas baratas de defensores, quizá gran parte del colapso de la administración de justicia esta permeado por demandas extensas y difusas, muchos hemos olvidado nuestro deber, ser abogados y no escritores.


El abogado no puede pensar como escritor, debe utilizar la escritura y aunque parezca una redundacia lo diré: "El abogado debe pensar como abogado, es un grave error pretender intervenir como escritor, quizá sea una bonita demanda, pero no una correcta defensa".






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