Por, Jorge Pantoja Bravo - Doctrinante invitado.
El Derecho no solo es regulación de la vida social sino también fuente de oportunidades y freno de ilusiones para la ciudadanía.
El ordenamiento jurídico nos suministraba una red de seguridad para la vida laboral, mercantil, civil y administrativa, el año pasado la ruleta ha sido sacudida por el COVID 19 y ha trastocado lo que teníamos, lo que esperábamos, además los problemas de los ciudadanos se incrementan exponencialmente y la gravedad de los conflictos jurídicos y económicos está todavía por evaluar.
Para colmo, el virus COVID 19 ha actuado con la eficacia de las guerrillas: Muchos frentes abiertos, llega y se retira, ataca y mata a los más débiles.“Los omniscientes gurús no previeron un mundo embobado por las redes sociales, tiranizado por los correos electrónicos e inmovilizado por los caprichos de un virus” 1. El año 2020 fue un año sin precedentes: La desaceleración de la economía es evidente, según las cifras de la Superintendencia de Sociedades, entre el 17% y el 38% de las compañías en Colombia se encuentran en riesgo de insolvencia; aunado a esto, el desempleo para el mes de agosto llegó al 26%, según el Dane. Crisis Sanitaria, económica, social y, por supuesto, judicial; en esta ultima los litigantes tienen la oportunidad de demostrar su responsabilidad personal y para con la ciudadanía.
1 CABANELLAS, Guillermo, El marco jurídico de la innovación, La Ley, Suplemento INNOVACIÓN & DERECHO, NOVIEMBRE DE 2020 -Nº 01. p.4
Es obvio que todos los conflictos no son de su resorte, pero sí una gran cantidad se pueden solucionar mediante la figura jurídica de la TRANSACCIÓN, legislada desde el siglo pasado. Si usted ha utilizado esta herramienta, esta en el grupo de los abogados exitosos, como lo digo en mis libros: “Los abogados conciliadores, son los abogados de éxito, tanto así que hasta la contraparte los contrata”.
En efecto, si lo primero que hace, así sea en un conflicto doméstico, es pedir pedir poder para hacer la demanda, incluso hasta para hacer una querella, usted no está en este grupo. Si lo anterior no lo convence, entonces veamos las estadísticas; Colombia, el segundo país del mundo con más abogados según cifras del Consejo Superior de la Judicatura, hay más de 300.000 abogados registrados para ejercer su profesión, y cada año se gradúan aproximadamente 14.000. Se trata de un número importante, si se tiene en cuenta que en otras disciplinas como la ingeniería civil o la economía se gradúan un promedio de 4.000 profesionales al año.
Mas sin embargo, Colombia tiene una congestión de más del 50% en la mayoría de las jurisdicciones; un déficit demás de 50 jueces por cada 100.000 habitantes. La pandemia nos deja casi dos millones de procesos represados (1’905.067), y posteriormente en tres meses, de agosto a octubre del 2020 solo en Bogotá se instauraron 88 mil demandas por efecto el decreto 806 de febrero de 2020, si bien se recibieron con celeridad dado que fueron entregadas en digital y por internet en tres meses, será que, ¿Con esta misma celeridad resolverán?
La respuesta es obvia, es imposible, tomará varios año, sin duda la posición de los jueces en estas condiciones es de enorme vulnerabilidad y no tardaran de poner el grito en el cielo. La imposibilidad material de atender la enorme carga de litigiosa, que se ha venido incrementando año tras año, se ha multiplicado como consecuencia de la paralización de la actividad judicial durante el estado de emergencia sanitaria, y por las perspectivas que lamentablemente se confirman:
"Son las de una severa crisis judicial o un colapso definitivo"
Amigo litigante, ¿realmente cree que la justicia se normalizará? ¿cree que su caso por estar en digital tendrá una pronta solución en el tiempo? (desde el siglo pasado la decisión y todos los actos del juzgado se hacen por computador, en digital, pero la manía de imprimirlo es absurda), ¿que le hace pensar que por estar en digital la demanda y su contestación hará que el juez humano en su productividad se multiplique por diez o más veces?
¡Seamos realistas y tomemos decisiones! En marzo del 2019 llegamos a siete millones de tutelas, La Cámara de Comercio de Bogotá afirma que "en la justicia tradicional una demanda puede tardar hasta 15 años", y de la Corte Suprema de Justicia en las jornadas de responsabilidad civil del 2020 una magistrado aseveró conocer un caso de 36 años de proceso, 12 años en primera instancia, 12 años en segunda instancia y 12años en la Corte Suprema; de México el profesor de la UNAM, Universidad Nacional Autónoma de México como litigante de un caso de sucesión de dos hermanos, con 20 años de litigio, no se llegó a ningún arreglo puesto que fallecieron, posteriormente se logró la conciliación con su herederos. Los de reparación directa por daños que pueden demorarse 2 años para una decisión de primera instancia, y 8 años más en la segunda instancia, con lo que los ciudadanos deben esperar hasta 10 años para tener una decisión definitiva en sus casos. Es la nefasta realidad que la justicia es lenta que ahora con la pandemia se agudiza, veamos:
Se viene con un atraso histórico, sume los 3 mes y 10 días del año 2020 de no atención de lo que entraba en este periodo, más lo que se debía atender en este mismo periodo, mas lo que entro el 2 de julio del 2020, el día de apertura, con el agravante (como dicen los abogados) del Decreto 806 que genero la avalancha de mensajes por correo electrónico. Solución: El tiempo se recupera con tiempo (no hay otra forma) como lo he dicho, que los juzgados atiendan de 8:00AM a 8:00PM, de Lunes a Sábado, que en diciembre y enero haya la misma atención y que internamente se maneje los horarios de los funcionarios con la ampliación de personal, por ejemplo, que los judicantes atiendan de 5:00 pm a 8:00 pm, en la revisión y copias de expedientes.
Se trata, en suma, de una pandemia de origen filosófico: “Todo conflicto es un pleito” que infecta nuestro pensamiento y nuestras comunicaciones y tiende a incapacitarnos para la convivencia pacífica y civilizada. Los jueces y tribunales conforman, en todo caso, la retaguardia, el baluarte al que se acude cuando no es posible la restauración del derecho por la propia acción preventiva y negociadora de los abogados.
El verdadero reto es el de reforzar el papel del abogado como verdadero jurisconsulto, como profesional en el que los ciudadanos confían para que les ayude a conformar de manera racional las relaciones jurídicas y a superar los problemas que se les plantean en la vida económica y social. De lo que se trata es de prevenir y de reducir a lo imprescindible y necesario la actuación de los tribunales, y devolver a la abogacía el papel pacificador que ha desempeñado en la sociedad históricamente. Abandonando el precepto Iura novit curia: “el juez conoce el derecho”¿Usted no? Se ha implantado el error conceptual de considerar que la justicia son los jueces, cuando no es cierto: Emana del pueblo, y entre los ciudadanos son los abogados los verdaderos expertos en el manejo de las normas jurídicas, y también las personas que, desde un alto prestigio ético y social, orientan, aconsejan y defienden ante los tribunales cuando es necesario. Por las razones expuestas, ante la quiebra del sistema que estamos viviendo, es necesario, que la abogacía realice un esfuerzo de modernización y genere otros mecanismos de resolución de controversias más ágiles y eficientes, evitando en lo posible acudir a los juzgados y reservando las actuaciones ante los mismos a aquellos asuntos, que todavía serán muchos, en los que resulte verdaderamente necesaria la sentencia judicial.
En vez de inundar los juzgados con demandas se debe optar en lo posible por la transacción. Es en esta perspectiva en la que se ha de enmarcar la mediación, como instrumento de negociación genuino propio de la abogacía para establecer, por la vía del diálogo, las soluciones consensuadas de cada conflicto. Con plenas garantías de calidad, rapidez, eficiencia y legalidad.
La solución lógica no acuda al juzgado, reservando la intervención judicial para aquellos casos realmente necesarios, evitando que, en definitiva, ésta se constituya en la primera opción y sea usted el juez (si leyó bien, sea “juez”) resolviendo el problema de manera definitiva y eficaz, como lo exprese en las redes sociales a la pregunta:
¿CÓMO LITIGAR SIN IR A LOS JUZGADOS? Sencillo, acuda a la TRANSACCIÓN, llame al abogado de la contrapartes, siéntense con él, debata los argumentos fácticos y de derecho, de parte y parte, sean sus propios jueces, esto es ético, objetivo y concreto, además viable, ahora que el Código General del Proceso privilegia el Perito de Parte aproximándose al Perito Consultor como mediador de los conflictos entre empresas, esta con las personas y entre ellas, para la resolución de conflictos, siendo las partes sus propios jueces que acogen la propuesta del Perito Consultor que como mediador propone soluciones (diferente al conciliador en derecho que son las partes que llegan a la solución), criterio que hemos expuesto desde año 2015 en los tres tomos de Derecho de Daños y con los libros siguientes cada año, hasta el año actual, año 2020, LA PRUEBA PERICIAL (todos con LEYER), descongestionado a la justicia e imponiendo un nuevo rol al litigante de conciliador, facilitando la mediación y hacer de ella una verdadera disciplina y herramienta de trabajo, obligado a la relación interdisciplinar para no salir del mercado.
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